“La sentencia dictada fue pionera en la valoración de los daños al patrimonio. Fue la primera ocasión en la que se valoró lo destruido considerando el daño arqueológico, histórico y social y reconoció la validez técnica del método de los peritos para establecer volúmenes y la validez conceptual de la valoración integral respecto a la pérdida de información”.
La Cueva de Chaves, ubicada en la finca de Bastarás, término municipal de Casbas (Huesca), constituía uno de los yacimientos arqueológicos neolíticos más relevantes de Aragón, España y Europa. Este enclave fue excavado durante décadas por equipos científicos pues contenía un registro estratigráfico excepcional que permitía el estudio profundo del proceso de neolitización, la aparición de las primeras comunidades agrícolas y ganaderas, así como la evolución de la fauna doméstica.
Su relevancia no solo deriva de los restos materiales que contenía sino, sobre todo, del altísimo valor científico, histórico y social que representaba la información contenida en los sedimentos arqueológicos.

La Cueva de Chaves estaba además protegida por múltiples normas patrimoniales. Formaba parte de la Carta Arqueológica de Aragón; era considerada Bien de Dominio Público por ministerio de la Ley de Patrimonio Cultural Aragonés y se hallaba incluida en el entorno protegido de las Cuevas de Solencio I-II-III, declaradas BIC y Patrimonio Mundial por la UNESCO. Estos elementos configuraban un marco de protección claro que exigía que cualquier intervención contara con la autorización previa de la Administración autonómica.
En octubre de 2007, Victorino Alonso, a través de la empresa Fimbas, S.A., propietaria de la finca Bastarás, ordenó la realización de obras clandestinas en la Cueva de Chaves mediante la contratista Ferpi Transportes y Obras, S.A. La intervención, se realizó sin autorización administrativa y sin presencia de arqueólogos y consistió en la excavación mecánica del interior de la Cueva con una retroexcavadora y la extracción masiva de sedimentos. Se extrajeron 2.247 m3 de sedimientos de los cuales 1.017 m3 correspondían a niveles arqueológicos neolíticos. Los sedimentos fueron después utilizados para crear pistas, represas y otras actuaciones dentro de la finca, lo cual agravó el daño y complicó cualquier intento de recuperación.
Ante el descubrimiento de la destrucción del yacimiento D. Vicente Baldellou, arqueólogo director de las excavaciones en dicha cueva, interpuso denuncia ante la Guardia Civil, que fue seguida de sendas denuncias de Ecologistas en Acción y Apudepa.
Tras ocho años desde la destrucción de la cueva se dictó sentencia por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Huesca por la que se condenaba a Victorino Alonso, como autor de un delito contra el patrimonio, a dos años y medio de prisión, y a la indemnización al Gobierno de Aragón en la cantidad de 25.490.805 €, siendo responsable civil subsidiaria Fimbas, S.A.
La sentencia fue recurrida a la Audiencia Provincial, que emitió su fallo el 27 de diciembre de 2017, por la que se rebajó la condena a Victorino Alonso a dos años de prisión, al estimar la atenuante de dilaciones indebidas, manteniendo el importe de la indemnización.
La sentencia dictada fue pionera en la valoración de los daños al patrimonio. Fue la primera ocasión en la que se valoró lo destruido considerando el daño arqueológico, histórico y social y reconoció la validez técnica del método de los peritos para establecer volúmenes y la validez conceptual de la valoración integral respecto a la pérdida de información.
Así, se calculó que se habían evacuado mecánicamente un total de 2.247,268 m3. De ellos el volumen mínimo de niveles arqueológicos de época neolítica extraídos ascendía a 1.017,400 m3 y se calculó que se habían perdido unas 639.297 piezas, sin poderse determinar con exactitud los restos paleolíticos destruidos.

Una vez determinado el volumen de lo destruido y teniendo en cuenta que en el mercado “ilegal” el valor de cada pieza (descontextualizada) no bajaba de los 50 euros aproximadamente se estimó que el valor de lo destruido, teniendo en cuenta el contexto, el valor social e histórico, la pérdida de los estudios, de líneas de investigación y tesis doctorales que podrían haberse realizado, la pérdida de datos esenciales sobre las primeras sociedades agrícolas del Noreste peninsular, la pérdida de la riqueza para el territorio donde se encontraba el yacimiento, ascendía a 50.981.610 euros, siendo la primera vez en la jurisprudencia española que se valora una destrucción con el método utilizado en esta sentencia.
Pese a esta valoración, la condena estableció un importe de 25.490.805 euros en concepto de indemnización por entender que la Administración había tenido parte de responsabilidad en la destrucción desde el momento que no había actuado previamente para proteger dicho yacimiento arqueológico.
A fecha actual Victorino Alonso no ha entrado en prisión por este delito, puesto que se le concedió la suspensión de la pena al no tener condenas anteriores por los mismos hechos, ni tampoco ha abonado la indemnización, al ser declarado insolvente y ello pese a ser titular de veinte empresas, ser conocido como el rey de carbón y a que en los papeles de Pandora apareció tomo titular de una empresa, en las mismas fechas en que se dictó sentencia, con un capital de 25.000.000 de euros. Así, que la única manera de que se cumpla en parte con la responsabilidad civil es el embargo y entrega del Coto Bastarás (incluida Cueva Chaves) titularidad de Fimbas, S.A. al Gobierno de Aragón, sin que a fecha actual se haya procedido a ello y, es más, sin que ni siquiera se haya terminado la peritación de las fincas objeto de embargo.
Ante ese incumplimiento de la sentencia y con el objeto de que la Cueva y el Coto de una vez pase a disfrutarse por la sociedad civil, varias Asociaciones (Apudepa, Ecologistas en Acción, Asociación Valle de la Gloria y Plataforma en defensa del Patrimonio de Huesca) empezaron a realizar acciones reivindicativas y reuniones con todas las Administraciones e Instituciones. La última ha sido una comparecencia ante las Cortes de Aragón.
Hasta el momento se ha conseguido, no sin dificultades, que la Cueva Chaves haya podido ser visitada en cuatro ocasiones a lo largo del año 2025. Además por los colectivos citados se ha solicitado el impulso del cumplimiento de la sentencia, la declaración genérica de BIC, de LIG (Lugar de Interés Geológico), la realización de trabajos de señalética y vallado permeable, la protección interior cueva, la creación de una comisión de trabajo para la gestión de la cueva, el establecimiento de calendarios para realizar trabajos de investigación arqueológica y la apertura de la cueva a la sociedad a través de visitas guiadas.
Esperemos que este impulso social sirva para devolver a la sociedad aragonesa su historia y su patrimonio.


